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Ley Rider: España avanza contra el modelo de empleo de plataformas

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Esta semana fue el turno de España que con la sanción de la Ley Rider se puso firme frente al modelo de empleo que utilizan las plataformas como Uber, Rappi o Glovo definiendo que sus trabajadores no son autónomos o profesionales independientes – como asumen esas plataformas – sino trabajadores en relación de dependencia. A partir de la sanción de esta ley los trabajadores tendrán que tener un contrato de trabajo con aportes a la seguridad social y beneficios como las vacaciones pagas. La regulación también obliga a las empresas a dar a conocer el algoritmo a los sindicatos porque entiende que afectan directamente las condiciones laborales lo que generó importantes polémicas vinculadas a la propiedad intelectual.

Sin dudas la legislación va en línea con lo que está sucediendo en otros países como el Reino Unido en el que el Tribunal Supremo dictaminó que los conductores de Uber también deben ser considerados como trabajadores en relación de dependencia y contar con un salario mínimo y vacaciones pagas. Del mismo modo un tribunal de Massachusetts en Estados Unidos falló contra Uber y Lyft en una disputa similar en el que denegó el derecho de estas compañías a considerar a los conductores como contratistas independientes. Si bien las plataformas esgrimen determinados beneficios con los que cuentan los trabajadores – la posibilidad de trabajar las horas que quieren y en los momentos que quieren o la libre demanda de empleo – todos los fallos judiciales apuntan a que la plataforma no sólo es un intermediario sino que juega un papel fundamental a la hora de imponer el precio por el que se prestan los servicios que se comercializan y que sí afectan las condiciones laborales al premiar o sancionar con su algoritmo determinados comportamientos de sus trabajadores.

A partir de la sanción de esta ley los trabajadores tendrán que tener un contrato de trabajo con aportes a la seguridad social y beneficios como las vacaciones pagas.

El debate no está resuelto del todo y más allá de la Ley Rider en Europa hay una instancia transnacional que está trabajando en una nueva regulación. Lo cierto es que las plataformas proponen modelos laborales intermedios que no encajan en ninguna de las modalidades de relación laboral actuales por lo que sus trabajadores tienen beneficios de trabajadores independientes pero tienen una innegable dependencia laboral de esas plataformas. Hay quiénes hablan de «trabajador autónomo con dependencia económica» para definir esta relación ambigua y que podría llevar a compartir las obligaciones fiscales y laborales a las empresas y los trabajadores en una proporción determinada.

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Etiquetas: , , , , , Last modified: 14 mayo, 2021
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